La Asociación de Amigos del Desarrollo y la Paz -ADP- en coordinación con la Secretaría contra la Violencia Sexual, Explotación y Trata de Personas -SVET-, presentaron al señor Gobernador Romel Manuel Veliz Castro la iniciativa de Ley 5898 con reformas al Código Penal, en relación a delitos cometidos en contra de la niñez y adolescencia a través de medios tecnológicos, con el objetivo de realizar acciones de incidencia para la prevención de la comisión de dichos delitos
SOBRE LA PROPUESTA LEGISLATIVA
En su artículo 1, la iniciativa propone añadir el artículo 190 Bis, al Decreto 17-73, Código Penal de Guatemala, el cual tipificará el delito de seducción por medios digitales a niños, niñas y adolescentes, con penas de seis a ocho años a quienes utilizando cualquier ardid, engaño, argucia, presión o amenaza, contacta a menor, con la finalidad que le envíe material con contenido sexual o pornográfico, ya sea que incluyan o no imágenes, videos, textos o audios, propio o de terceras personas; o, tener relaciones sexuales con el hostigador, instigador o seductor, independientemente que logre el propósito.
Con el artículo 2 se adiciona también el artículo 190 Ter., al Código Penal, en el que se tipifica el delito de chantaje sexual por medios tecnológicos, sancionando con penas de seis a doce años de cárcel, a quienes amenazan con publicar y difundir material con contenido sexual o pornográfico, que incluya o no imágenes, videos, textos o audios propios de niños, niñas o adolescentes.
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